Perderá derechos sucesorios quien cometa feminicidio
MORELIA, Mich., 27 de junio de 2016.- Los asesinatos de mujeres por el hecho de serlo, por rencor, aversión, celos o si víctima y victimario tuvieron una relación sentimental afectiva o de confianza serían circunstancias para considerarlos como feminicidios, de acuerdo con la propuesta que hace la diputada Andrea Villanueva Cano.
Con el propósito de armonizar el Código Penal federal con el estatal, la legisladora por el distrito de Morelia Sureste propone que también se sancione como tal si la víctima presenta lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a su muerte o actos de necrofilia.
Cuando existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, que hubo amenazas, acoso o lesiones, que la víctima estuvo incomunicada o su cuerpo sea expuesto o exhibido en un lugar público, también será considerado feminicidio.
A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de treinta a cincuenta años de prisión y de quinientos a mil días multa y el victimario perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.
Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.