A estudio, 2 iniciativas de Ley de Ejecución de Sentencias Penales
MORELIA, Mich., 2 de junio de 2011.- En el Congreso del Estado se deberán estudiar de manera simultánea dos iniciativas de Ley de Ejecución de Sentencias Penales del Estado de Michoacán que se presentaron en la misma sesión plenaria. La primera de estas propuestas fue presentada por los diputados integrantes del Consejo de Coordinación para la Implementación, Seguimiento y Evaluación del Nuevo Sistema de Justicia Penal en el Estado, que se conoce también como el Consejo para el Nuevo Sistema de Justicia Penal, y la segunda por el diputado Eligio Cuitláhuac González Farías, a nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI).Ambas iniciativas derivan de la reforma judicial aprobada por el Congreso de la Unión en 2008 con la intención de estimular la resolución de los conflictos que suceden de los comportamientos delincuenciales, que constituyen una de las problemáticas más importantes que enfrenta la sociedad michoacana. En su oportunidad, el diputado Eligio Cuitláhuac González manifestó que ante el panorama de la reforma constitucional es necesario y urgente que se generen mecanismos jurídicos secundarios para su aplicación, encaminados a la creación de nuevos modelos de política criminal legislativa, que en todo caso abracen los principios rectores de una cultura de la legalidad. De acuerdo con el representante popular, la reforma al artículo 21 constitución establece que la imposición de las penas, su modificación y duración son propias y exclusivas de la autoridad judicial, lo que implica una serie de cambios estructurales que impactarán al Poder Ejecutivo en lo que concierne a las prisiones, pues en la actualidad es el encargado de organizarlas, de ejecutar las sanciones y de modificar las penas. “Ahora, entrará en escena un nuevo juez encargado de modificar la duración de las penas con base en la conducta que los prisioneros demuestren en el encierro. El juez de ejecución de sentencias tendrá la gran responsabilidad de vigilar el tratamiento penitenciario, a fin de que en sus facultades de modificación de las penas dictamine adecuadamente los beneficios de la libertad anticipada”, expresó. Este hecho, agregó González Farías, tendrá una repercusión en la forma en que se deberá llevar a cabo el tratamiento penitenciario; obliga a que el área técnica de cada prisión haga su trabajo de manera adecuada; y, vigilar que los prisioneros sean tratados con apego a los derechos humanos.