Emplaza sindicato a huelga al Cobaem
MORELIA, Mich., 19 de junio del 2012.- El pasado 14 de junio de 2012, los trabajadores agremiado al Sindicato Independiente de Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán (SITCBEM), señaló que vieron la necesidad de emplazar a huelga al Colegio de Bachilleres por violación general y sistemática a las Condiciones Generales de Trabajo, ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. De acuerdo con un boletín de prensa, de entre los artículos considerados como violados y que motivan el emplazamiento, destaca lo concerniente al aspecto de seguridad social, contemplado en el Artículo 49 Fracción III, sobre descuentos ordenados por el ISSSTE, con motivo de las obligaciones con él contraídas o para disfrutar de los servicios que proporciona; en este tenor, la dependencia ha venido evadiendo hasta la fecha, la responsabilidad que tiene de cumplir con la obligación que mandata la Ley del ISSSTE, en su artículo 100, que establece para los trabajadores que se encuentran bajo el régimen de bonos de pensión, que puedan optar por que se les descuente hasta el dos por ciento de su Sueldo Básico, para ser acreditado en la Subcuenta de ahorro solidario, lo que a su vez obliga a la Dependencia a depositar en la referida Subcuenta, tres pesos con veinticinco centavos por cada peso que ahorren los trabajadores. La violación fragante a estas disposiciones de ley por parte de la Dependencia, trae como consecuencia una afectación general a los trabajadores que se encuentran bajo este régimen, impidiéndoles estar en condiciones de prever una pensión digna y mayor certidumbre al momento de su retiro y en su condición de jubilado. Otro de los rubros que preocupa, es el pago oportuno de prestaciones como es el caso de la “Ayuda Sindical”, contenida en el Artículo 117, fracción VIII, toda vez que, de forma deliberada y reiteradamente, el Colegio incumple la obligación que tiene de radicar en tiempo y forma el recurso al Sindicato, para el pago oportuno de esta prestación. Misma situación prevalece, en cuanto a la canalización de los recursos que por concepto de cuotas sindicales corresponde. Asimismo, se contempla también la violación sistemática que la autoridad ha venido haciendo al Artículo 6, que establece la obligatoriedad que se tiene para que los asuntos, que con motivo de las relaciones de trabajo se generen, sean tratados únicamente con el Representante Legal del Sindicato, dado que se han sostenido reuniones con personas que no acreditan representatividad legal alguna, o más aún, el pretender tomar acuerdos que impliquen comprometer derechos de trabajadores sindicalizados en activo. Finalmente, se consideran dentro de este proceso algunos otros rubros económicos, como son el pago en razón de salario del estímulo que por 25 veinticinco años de servicio efectivo corresponde a los trabajadores y la regularización en cuanto a los incrementos salariales diferenciados que se aplicaron para el año 2011, y cuyo criterio se pretende repetir para el incremento correspondiente al presente año, destinando para ello, los recursos que fueron aprobados por el Congreso de la Unión para la recuperación salarial de los Colegios de Bachilleres en la República. La fecha de estallamiento será a las 12:00 del día 12 de julio del 2012.