Avala TEPJF inhabilitación de Abel Martínez y Mary Doddoli
MORELIA, Mich., a miércoles 6 de abril de 2011.- Confiado en los trabajos desarrollados por la Comisión Instructora del Congreso del Estado en los procesos de juicio político en contra de la ex alcaldesa de Uruapan, María Doddoli Murguía, así como del presidente municipal, Abel Martínez Rojas, regidores y ex síndico de Tzintzuntzan, el diputado Roberto Arriaga Colín, estableció que la resolución que este día emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en el sentido de desechar los recursos interpuesto por los ex funcionarios, avala el proceso seguido por el Congreso del Estado.El presidente de la Comisión Instructora informó que este día, el TEPJF emitió sentencia sobre el juicio para la protección de los derechos político electorales que el inhabilitado edil presentó y el cual, fue analizado bajo el expediente SUP-JDC-589/2011, “sentencia que ratifica nuestra labor como legisladores, quienes en todo momento fuimos respetuosos del Estado de Derecho y actuamos con la única premisa de anteponer el bienestar de los ciudadanos que habitan Tzintzuntzan”.Sobre la resolución, el legislador manifestó que por unanimidad de votos, los magistrados María del Carmen Alanís Figueroa, Constancio Carrasco Daza, Flavio Galván Rivera, Manuel González Oropeza, José Alejandro Luna Ramos, Salvador Olimpo Nava Gomar y Pedro Esteban Penago López desecharon “de plano el escrito de demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por J. Abel Martínez Rojas, en contra del Acuerdo emitido por el Honorable Congreso de Michoacán de Ocampo”De acuerdo con la resolución, que puede ser consultada en la página http://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/ejecutoria/sentencias.asp, los magistrados resolvieron que se le notifique personalmente a Abel Martínez “por oficio, con copia certificada anexa de la presente sentencia, a la autoridad responsable; y por estrados a los demás interesados. Devuélvanse los documentos que correspondan y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido”.De acuerdo con los resultados, los magistrados señalaron que los integrantes del Ayuntamiento de Tzintzuntan y diversos ciudadanos presentaron ante el Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo sendas denuncias de juicio político en contra de J. Abel Martínez Rojas.Que dichos juicios fueron integrados (JP02/2010 y JP03/2010), acumulados y turnados para estudio y dictamen a la Comisión Instructora de la LXXI Legislatura del indicado Congreso local.Que el 28 de febrero de 2011, la mencionada Comisión Instructora emitió dictamen con conclusiones acusatorias, el cual fue presentado a la consideración del Pleno de la Legislatura.Que el 2 y 3 de marzo de 2011 tuvo verificativo la sesión donde la LXXI Legislatura del Estado de Michoacán de Ocampo, erigida en Gran Jurado, aprobó el dictamen.Que el 8 de marzo de 2011 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el Acuerdo número 370, aprobado por el H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, mediante el cual se sancionó a J. Abel Martínez Rojas, Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Tzintzuntzan, Michoacán, con la destitución del referido cargo y la inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público por el término de tres años contados a partir de dicha publicación.Que el 14 de marzo de 2011, J. Abel Martínez Rojas, ostentándose como Presidente Municipal de Tzintzuntzan, Michoacán, promovió el presente juicio ciudadano en contra del acuerdo indicado.Que el 24 de marzo de 2011 se recibió en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior oficio sin número, de veintidós de marzo del mismo año, a través del cual el Secretario de Servicios Parlamentarios de la LXXI Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, remitió el escrito de demanda respectivo, informe circunstanciado y constancias atinentes al caso.Y finalmente, que el 24 de marzo de 2011, la Magistrada Presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación acordó integrar el expediente SUP-JDC-589/2011 y turnarlo al Magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar para los efectos establecidos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Dicho acuerdo fue cumplimentado mediante oficio TEPJF-SGA-1342/11, de la misma fecha, emitido por el Secretario General de Acuerdos de esta Sala Superior.