A estudio, nueva propuesta para preservar derechos humanos
MORELIA, Mich., 6 de abril de 2011.- En el Congreso del Estado será objeto de estudio en comisiones una iniciativa de reformas a la Constitución Política de Michoacán y una ley reglamentara para regular el proceso de “habeas corpus” en la entidad, que tiene por objetivo defender a los ciudadanos contra detenciones arbitrarias, agravamiento ilegítimo de la prisión y desaparición forzada de personas. Fue el diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Antonio García Conejo, quien presentó una iniciativa de reforma al artículo 1 y de adición de un artículo 98 Bis a la Constitución Política de Michoacán, en primer lugar para reconocer en la entidad la jurisprudencia de los órganos internacionales de protección de derechos humanos como de una observancia obligatoria. Además, se prevé sentar las bases para la creación de la figura del “habeas corpus”, para que toda persona pueda interponer acción urgente en contra de detenciones arbitrarias administrativas, agravamiento ilegítimo en la prisión y respecto de la desaparición forzada de personas, ante cualquier órgano jurisdiccional del estado a elección del demandante, en cualquier hora y día. Antonio García señaló que cuanto se interponga la mencionada acción el juez de inmediato deberá dictar las providencias cautelares necesarias para evitar que se produzcan daños irreparables en los derechos humanos del actos, además de que deberá decretar la exhibición física del detenido. La garantía de “habeas corpus”, explicó el también presidente de la Comisión de Asuntos migratorios, procede en contra de afectaciones de una pluralidad de agraviados no determinados, pero determinables. En ese sentido, García Conejo detalló que cualquier persona podrá interponer en todo momento acción pública de inconvencionalidad de derechos humanos en contra de leyes y disposiciones de observancia general de carácter administrativo, incompatibles con el derecho internacional de los derechos humanos ante el Tribunal de Justicia Administrativa. “La resolución que determine la invalidez o no de la norma impugnada, según el caso, tendrá efectos generales y no producirá efectos retroactivos, además de que la resolución deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán”, expresó. El diputado del PRD manifestó que en todo momento cualquier persona podría interponer acción por omisión administrativa ante la Sala del Tribunal de Justicia Administrativa, cuando las autoridades administrativas estatales o municipales, en cualquiera de sus modalidades, incurran en omisión de expedir reglamentos en el ámbito de sus competencias conforme a la ley, caso en el cual el efecto de la sentencia será obligar a la autoridad administrativa a cumplir el mandato de ley.