Ordena TEEM análisis exhaustivo de queja contra Luisa María
MORELIA, Mich., 7 de septiembre de 2011.- El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) ordenó al Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) realizar un análisis más exhaustivo respecto de una queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) por supuestos actos anticipados de la ahora candidata a la gubernatura por los partidos Acción Nacional (PAN) y Nueva Alianza, Luisa María Calderón Hinojosa.Fue aprobado por unanimidad el proyecto presentado por el magistrado presidente del propio órgano jurisdiccional en materia electoral, Jaime del Río Salcedo, para revocar el resolutivo del órgano electoral local a fin de que se lleven a cabo las diligencias necesarias para realizar una investigación más acuciosa que le permita al instituto contar con elementos objetivos sobre los hechos denunciados.Asimismo, se deberán determinar las faltas que se deriven, además de los posibles sujetos responsables, además de la posibilidad de que se hayan empleado recursos públicos, para incluso establecer si procede emplazar a los funcionarios públicos señalados por el PRD, para así respetar su derecho de audiencia.La sentencia aprobada por el TEEM establece que en su recurso de apelación el sol azteca acompañó su denuncia con indicios respecto de la asistencia de Luisa María Calderón a diversos eventos en los cuales también participaron diversos servidores públicos federales, como el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Juan Rafael Elvira Quezada; el titular de la Secretaría de Salud, José Ángel Córdoba Villalobos; y, el presidente municipal de Salvador Escalante, Arturo Ramírez Pureco.Por otra parte, el TEEM determinó, por unanimidad de votos y con base en el proyecto presentado por el magistrado Jorge Alberto Zamacona Madrigal, modificar el acuerdo de integración de los órganos desconcentrados del IEM. Esto, al resolver un recurso de apelación presentado por 22 ciudadanos contra la decisión del IEM de negarles la posibilidad de formar parte de los consejos municipales del órgano electoral.El órgano jurisdiccional en materia electoral determinó que los mencionados ciudadanos cumplen con todos los requisitos legales para ocupar los cargos que buscan, por lo que a la brevedad el Consejo General del IEM deberá considerarlos y realizar un análisis fundado y motivado por el cual determine quién deberá integrar los consejos municipales, sin menoscabo de quienes actualmente desempeñen los cargos y garantizando su derecho de audiencia.De acuerdo con la sentencia, el órgano electoral se excedió, y tomó una decisión desproporcionada, al establecer una obligación que restringe el derecho fundamental de las personas a acceder a cargos públicos en condiciones de igualdad con base en las objeciones de partidos políticos.