Apruban nueva Ley de Ejecución de Sanciones Penales de Michoacán
MORELIA, Mich., 9 de junio de 2011.- Con 28 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, y en sesión extraordinaria, el pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen para la creación de la nueva Ley de Ejecución de Sanciones Penales del Estado de Michoacán. El dictamen estaba elaborado desde el pasado miércoles 8 de junio, sin embargo, con el afán de aparecer en la exposición de motivos como una de las instancias que presentó una iniciativa en el tema, el Ejecutivo estatal envió horas antes de la sesión ordinaria prevista para este 9 de junio su propia propuesta en la materia. Después de una breve discusión, la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado determinó dar entrada, prácticamente como una cortesía, a la iniciativa remitida por el gobernador Leonel Godoy Rangel, para incorporarla al dictamen ya consensuado en su exposición de motivos, ya que a decir de varios diputados, no contenía aportación novedosa alguna. Como se recordará, el Congreso de la Unión aprobó en 2008 la denominada reforma judicial, de la que deriva esta nueva legislación, para la cual existe el plazo del próximo 18 de junio para su publicación y del 19 de junio para su entrada en vigor, motivo por el cual hace apenas unas semanas la 71 Legislatura aprobó también la reforma correspondiente a la Constitución Política de Michoacán, que actualmente se encuentra en la etapa de la valoración por parte de los municipios de la entidad. De acuerdo con el dictamen aprobado, la reforma al artículo 21 constitucional establece que la imposición de las penas, su modificación y duración son propias y exclusivas de la autoridad judicial, lo que implica una serie de cambios estructurales que impactarán al Poder Ejecutivo en lo que concierne a las prisiones, pues en la actualidad es el encargado de organizarlas, de ejecutar las sanciones y de modificar las penas. Así, en cuanto el nuevo ordenamiento entre en vigor se creará un nuevo juez encargado de modificar la duración de las penas con base en la conducta que los prisioneros demuestren en el encierro. El “juez de ejecución de sentencias” tendrá la gran responsabilidad de vigilar el tratamiento penitenciario, a fin de que en sus facultades de modificación de las penas determine adecuadamente los beneficios de la libertad anticipada. Este hecho tendrá una repercusión en la forma en que se deberá llevar a cabo el tratamiento penitenciario; obliga a que el área técnica de cada prisión haga su trabajo de manera adecuada; y, vigila que los prisioneros sean tratados con apego a los derechos humanos. Antes de la presentación de la iniciativa del Ejecutivo estatal, se dictaminaron dos iniciativas: la primera presentada por los diputados integrantes del Consejo de Coordinación para la Implementación, Seguimiento y Evaluación del Nuevo Sistema de Justicia Penal en el Estado, que se conoce también como el Consejo para el Nuevo Sistema de Justicia Penal, y la segunda por el diputado Eligio Cuitláhuac González Farías, a nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI).