Necesario obligar al Ejecutivo a promulgar reformas constitucionales
MORELIA, Mich., 29 de abril de 2011.- Ante una serie de ambigüedades e interpretaciones dolosas que se han registrado en torno a la publicación de reformas a la Constitución Política de Michoacán, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado, Samuel Arturo Navarro Sánchez, considera necesario obligar al Ejecutivo estatal a promulgar los decretos que en ese sentido emita el Poder Legislativo de Michoacán. El retraso en la publicación de las reformas constitucionales en la entidad es más común de lo que pudiera creerse, aún sin contar el caso más sonado, que es el correspondiente a la no publicación de la reforma a la Constitución local en materia electoral, aprobada por la 71 Legislatura local desde el pasado 14 de febrero, misma que aún no se ha publicado. De hecho, la última reforma constitucional publicada en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán es del pasado 1 de marzo de 2011 y corresponde a un decreto aprobado desde el 11 de noviembre del año pasado en el Congreso del Estado. Más de 3 meses y medio le llevó al Ejecutivo estatal la promulgación de esas adecuaciones legales que tienen por objetivo facilitar las tareas de supervisión y fiscalización del gasto público en la entidad al homologar los criterios de contabilidad pública estatal con los criterios de la contabilidad pública federal. La propuesta de Samuel Arturo Navarro, presentada ante el pleno del Congreso del Estado el pasado 7 de abril, contiene una modificación y adición a la fracción V del artículo 164 de la Constitución local para reafirmar que, como reza el texto vigente, las adiciones o reformas a dicho ordenamiento legal previamente aprobadas se deberán publicar como leyes constitucionales sin que el titular del Ejecutivo estatal tenga la posibilidad de hacer observaciones acerca de ellas. De la misma forma, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN) detalló que en el texto que se propone para el mencionado articulado se establecería un plazo de 10 días hábiles para la publicación obligatoria de las reformas constitucionales en el Periódico Oficial del Estado, con lo que se evitarán de manera definitiva lagunas jurídicas que lleven a desencuentros entre los poderes Legislativo y Ejecutivo, como ha ocurrido a últimas fechas. Navarro Sánchez señaló que la ambigüedad o falta de claridad en las leyes llega a generar discrepancias e interpretaciones arbitrarias, como lo recientemente ocurrido con la no publicación por parte del gobernador Leonel Godoy Rangel de la reforma a la Constitución Política de Michoacán en materia electoral. La consecuencia de ello ha sido que, luego de ir a la vanguardia en materia electoral por algunos años la entidad, ahora el estado es de los más atrasados en su legislación relacionada con las campañas políticas y los procesos electorales.