Poder Judicial, con grandes esperanzas en los juicios orales
MORELIA, Mich., 30 de diciembre de 2011 -Con el fin de responder al reclamo social sobre el funcionamiento de la procuración de justicia debido a que el sistema de justicia penal en el país ya es normativa y operativamente obsoleto, se están implementando los juicios orales que en Michoacán iniciarán de forma gradual a partir de febrero de 2013. El presidente del Poder Judicial de Michoacán, magistrado Alejandro González Gómez, respondió a las interrogantes. El nuevo Código Penal de Michoacán ¿da respuesta a este reclamo?-El objetivo primordial es hacer efectivos los derechos de acceso a la justicia de manera pronta, completa e imparcial y con absoluto respeto a los derechos humanos. Para ello simplifica el desarrollo y hace más eficiente el contenido de los actos procesales; establece clara diferenciación de roles de los sujetos procesales; fortalece el papel del juez como protector de los derechos fundamentales; prioriza la finalidad del proceso como medio de solución del conflicto social-.-La finalidad, agregó-, expresamente indicada en el texto constitucional, artículo 20, es proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen, teniendo como elementos esenciales el acceso a la justicia, la seguridad ciudadana, la paz social y la tranquilidad pública, así como la reparación del daño a la víctima-.¿Cuál es la naturaleza del nuevo sistema procesal?-Se tiende a considerar como principios rectores del debido proceso penal: Publicidad; el juicio debe celebrarse públicamente, en presencia de las personas que quieran asistir a la audiencia de juicio, salvo excepciones previstas; inmediación: no hay intermediario entre el juez y las partes, testigos y peritos. Los intervinientes deben estar presentes durante el juicio, salvo ciertas excepciones; contradicción: consiste en el derecho que tienen las partes de refutar las pruebas de la parte contraria, en el momento en que se desahoga la prueba, en presencia del juez y del público; concentración: todas las diligencias deben practicarse en un solo acto, en una sola audiencia; continuidad: en caso de que no sea posible celebrar todas las diligencias en una sola audiencia, deben celebrarse una a continuación de la otra, en los plazos previstos por la normativa aplicable; oralidad: más que un principio es una forma de hacer posibles los otros cinco. El desahogo de pruebas, el debate, los alegatos y los argumentos deben realizarse de forma oral-.¿Esto que implica?-Imparcialidad e independencia del juez o tribunal; presunción de inocencia; esclarecimiento judicial de los hechos con inmediación procesal; concentración y continuidad en el desahogo de la prueba; resolución del juicio dentro de un plazo razonable; derecho irrenunciable a la defensa; igualdad entre las partes para la comprobación del caso y contradicción de posturas de las partes, además que prevé los siguientes sujetos procesales: Ministerio Público, policía, víctimas, imputados y defensores, para asegurar el derecho a una defensa adecuada, el imputado no puede renunciar a él y debe ser asistido por licenciado en derecho-.¿Cómo se asegura la imparcialidad?-Mediante jueces de control; unitarios, a cargo de la vigilancia de que las investigaciones asumidas por el ministerio público no vulneren derechos fundamentales de las partes; y a cargo de la etapa previa al juicio, en la que se decide qué será propiamente materia de juicio; mediante el tribunal de juicio oral que es colegiado, a cargo de la audiencia de juicio oral, donde deben desahogarse, en audiencia pública, las pruebas admitidas previamente y se decide sobre la responsabilidad del imputado; con el juez de ejecución de sanciones, que da seguimiento a la etapa de ejecución de la sentencia dictada y con los tribunales de segunda instancia para apelación, casación, revisión-. ¿Qué etapas tiene el proceso?-Etapa de investigación: asumida por el ministerio público con los cuerpos de policía; etapa intermedia o de preparación del juicio: el juez de control resuelve sobre formas alternativas de terminación del proceso, o de solución del conflicto, y la reparación del daño. Si no, se realiza la depuración de pruebas, se plantea la acusación provisional y su contestación por la defensa, señalándose el tribunal y fecha para someter a juicio oral al imputado.Etapa de juicio oral, a cargo del tribunal colegiado, en la que se desahogan los medios de prueba, se resuelve acerca de la responsabilidad del imputado y la pena, en su caso, y la etapa de impugnación o recursos y etapa de ejecución de sentencia-.¿Esto significa un cambio en los ámbitos de procuración y de administración de justicia?-Implica una oportunidad para las instituciones públicas de recuperar la credibilidad y la confianza de los gobernados, genera la posibilidad de control ciudadano sobre las decisiones del Ministerio Público, la defensa y el juzgador, dadas las características de publicidad y transparencia; requiere atención especial, constante y decidida de todos los que intervienen directa e indirectamente en el sistema de justicia; requiere participación de una sociedad informada, lo que compromete a los poderes públicos a brindar información y mejorar el nivel de cultura jurídica de la población y compromete a los poderes públicos a la capacitación de los operadores del sistema de justicia penal-.