La vacilada de la desaparición de poderes
Los senadores del PAN nuevamente subieron a la agenda política y mediática la posibilidad de desaparecer los poderes en Michoacán. Dicha propuesta ha sido efectuada por Senadores que no representan al Estado o no son del mismo, llamando la atención que los de lista nacional Luisa María Calderón Hinojosa y Salvador Vega Casillas se “oponen” a la iniciativa de sus correligionarios, sin embargo, a mí parecer resulta una oposición ficticia y planteada estratégicamente de esa manera.
La desaparición de poderes es una propuesta que es desde el punto de vista jurídico es inviable y desproporcionado, reflejando ser la vacilada más grande del grupo parlamentario del PAN en el Senado de la República, no creo que sean ignorantes los legisladores azules o sus asesores, ni tampoco creo que se trate de inocencia, estoy seguro que sabiendo la inviabilidad legal de sus pretensiones, intentan poner en la mesa un tema que sólo causa ruido y cuyos efectos son mermar la ya de por si paupérrima administración actual.
El artículo 76 Fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que el Senado de la República tiene la facultad de declarar cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de un Estado, y es la Ley Reglamentaria de la Fracción V del artículo 76 constitucional la que claramente establece los casos por los cuales se configura la desaparición de poderes de una entidad federativa, siendo:
Articulo 2. Se configura la desaparición de los Poderes de un estado únicamente en los casos de que los titulares de los Poderes Constitucionales:
I.- Quebrantaren los principios del régimen federal.
II.- Abandonaren el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor.
III.- Estuvieren imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos o con motivo de situaciones o conflictos causados o propiciados por ellos mismos, que afecten la vida del estado, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico.
IV.- Prorrogaren su permanencia en sus cargos después de fenecido el periodo para el que fueron electos o nombrados y no se hubieran celebrado elecciones para elegir a los nuevos titulares.
V.- Promovieren o adoptaren forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución General de la Republica
Como se puede observar, la ley reglamentaria del artículo 76 Fracción V de la Constitución, considera que para poder configurarse la desaparición, los Titulares de los Poderes Constitucionales deben encontrarse en los supuestos establecidos en las fracciones que componen el artículo en cita, es decir, se instituyó una condición plural no singular, por lo que se interpreta que los tres poderes locales deben encontrarse en la misma circunstancia o caso, más aún, ninguno de los cinco casos se actualizan para Michoacán, incluso la propia fracción V en referencia señala de la desaparición de todos los poderes.
Podemos afirmar que la actual administración estatal ha sido desastrosa, que no han habido avances, por el contrario, hay retrocesos espeluznantes en materias de seguridad, empleo, desarrollo económico y social, además de que no gobiernan en determinados territorios de la entidad, pero ello no significa que los Poderes Legislativo y Judicial se encuentren en las mismas circunstancias.
El Legislativo ha venido trabajando (con sus carencias eternas), sigue legislando, siendo obligación del Ejecutivo y Judicial la ejecución de la leyes; por otro lado, hasta hoy no se tiene conocimiento de que el Poder Judicial no pueda laborar, resolver y aplicar la ley en la entidad, incluso no se ha informado si pueden actuar o ejecutar resoluciones en los territorios en los que el Ejecutivo no tiene control, lo que hace suponer que han venido administrando justicia de manera normal y habitual.
Ahora bien, aunque señalo que el Legislativo sigue legislando, considero que han sido omisos, sus facultades no son sólo las de crear o modificar leyes, sino que también tiene la obligación de imponer control sobre los otros poderes, incluso debe orientar la actividad política, económica y seguridad del Estado, lo cual no están haciendo, dejando manga ancha para que el Ejecutivo se equivoque cuantas veces quiera, además de no ejecutar la ley, causando con ello agravios que pueden llegar a ser irreparables para los michoacanos.
Sin duda alguna, la propuesta panista de la desaparición de poderes es una vacilada jurídica, sin embargo, no podemos negar que la actual administración ha sido muy mala y que no ha cumplido con sus obligaciones constitucionales, por lo que lo que en realidad debería estar discutiéndose son las acciones de gobierno, las políticas públicas, incluso se debería estar analizando la continuidad del gobernador y su gabinete, ellos mismos deben hacerse una autoevaluación, se trata de un asunto de otorgarle respeto a los michoacanos y generarles condiciones para mejorar sus condiciones de vida, pero al ritmo gubernamental, parecer que la intención es al revés.