Las manifestaciones y su regulación local e internacional
En tema sigue en la palestra pública de Michoacán. Los morelianos están cansados de ser víctimas de manifestaciones y bloqueos en vías primarias de circulación, como la Avenida Madero, sin embargo, el debate sobre regular plantones y bloqueos es lento por su naturaleza misma, pues implica considerar y garantizar derechos humanos y fundamentales de manifestantes y de no manifestantes.Implica además, la participación directa de los legisladores de Michoacán y de los grupos de presión, y de manera indirecta, sería democrático incluir al Poder Ejecutivo, al Judicial, a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y a investigadores y académicos especializados en Derechos Humanos, politología, sociología, entre otros.Referencias nacionales y mundiales sobre legislar y reglamentar manifestaciones y plantones ya existen, por ejemplo: en el año 2002, Andrés Manuel López Obrador como Jefe de Gobierno del D.F., reglamentó con el apoyo de la Asamblea legislativa, las manifestaciones, de suerte tal que está prohibido por ley bloquear vías primarias de circulación y violar derechos de terceros.En Oaxaca, el Gobernador del partido Movimiento Ciudadano, Gabino Cúe, presentó una iniciativa que ahora se discute en el Congreso, la cual busca el compromiso de autorregulación por parte de los grupos de protestas para no dañar el derecho de terceros y de libre tránsito de los ciudadanos.En España, su Ley Orgánica establece que si la autoridad gubernativa considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes, podrá prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario de la reunión o manifestación.Y en Venezuela, la “Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones” señala que las autoridades procederán a disolver las aglomeraciones que traten de […] fomentar desórdenes u obstaculizar el libre tránsito.En fin, el tema es demasiado complejo pero existen ya distintas visiones y reglamentaciones de este fenómeno que se pueden tomar como punto de partida. No es sencillo limitar la libertad de expresión y de reunión pues diversos derechos humanos son inherentes al individuo. Pero igual, no es sencillo proteger la libertad de tránsito y otros derechos que podrían estar siendo violentados con las manifestaciones.Me parece que esta es una discusión que debe darse en Michoacán a la luz de tratados internacionales, la Constitución Política de México, los derechos humanos y, desde luego, la auténtica voluntad de todas las partes.Twitter: @christian_gtz